Es necesario «modificar de nuevo» la ley concursal?

Si seguimos la prensa económica de forma asidua, y sobre todo nos centramos en las noticias que rodean materia concursal, nos damos cuenta que, la mayoría de los días, se hace referencia las modificaciones de la ley concursal y sobre todo y más importante, si esas modificaciones están llegando a los ciudadanos.

Esta semana, el diario El Economista publicaba una noticia sobre si las modificaciones de la citada ley, están ayudando a las empresas a continuar con su actividad. La noticia del diario El Economista: La pyme española, desprotegida por las sucesivas modificaciones de la ley concursal enumera una serie de empresas españolas que se han declarado en concurso en algún momento y actualmente trabajan con normalidad, claro que todas las nombradas son multinacionales.

La Ley concursal ha sido modificada 22 veces. sin embargo el 83% de las empresas en concurso durante el año 2016 han sido microempresas, este dato, puede llevarnos a pensar, que en la mayoría de los casos, las modificaciones de esta ley no han sido orientadas principalmente a mejorar o comprender las dificultades económicas que pueden atravesar las microempresas.

Rescatamos un párrafo literal de la noticia: «Tal y como cuenta Luis Martín, presidente de la Asociación Profesional de Administradores Concursales (Aspac), «todas las modificaciones del año pasado respecto a los acuerdos de homologación -que implican no ir a concurso- se han hecho para las grandes empresas. Así, esta opción -que paraliza los pagos de facturas que no corresponden a Administraciones Públicas- únicamente se ha realizado 33 veces en lo que va de año frente a los 2.971 concursos».»

Las grandes empresas con dificultades económicas y necesidad de reestructurar su deuda tendrán mayores facilidades por parte de las entidades financieras, ya que éstas, van a prestar mayor atención a negociar plazos y quitas por el volumen de las operaciones que realizan.

Además, la posibilidad de realizar ajustes en su plantilla, recibe especial atención, en parte por las causas que conllevaría que una empresa con recorrido internacional entrara en liquidación.

Sin duda, en injusto para cualquier empresa con dificultades económicas, que probablemente se deba a plazos de pago incumplidos, descenso de ventas o mantenimiento de plantilla (en ocasiones innecesaria para la carga de trabajo), sea del tamaño que sea, puede pensar que no tiene las mismas facilidades, sin embargo, en infinidad de ocasiones, muchos empresarios se niegan a solicitar el concurso voluntario a tiempo, pensando que la situación mejorará.

Puede que una de las grandes modificaciones necesarias de esta ley, sea el tratamiento de las deudas con los acreedores, haciendo especial atención al tamaño de la empresa, para que las ventajas de solicitar el concurso se ajustaran más a la realidad en cuanto a la refinanciación de las deudas tanto de las pymes como de las microempresas, y así, cuando nos refiriésemos a las ventajas de solicitar el concurso  como: mayor posibilidad de financiación, mantenimiento de contratos de arrendamiento, suspensión del devengo de intereses, resolución de contratos no satisfactorios suspensión de créditos anteriores a la declaración del concurso… entre otros, todos y cada uno de los que tienen que acogerse a esta ley, de forma temporal o permanente, no se sientan discriminados.

En este artículo del portal Togas.biz tienen todas las ventajas de solicitar el concurso: Las ventajas del concurso de acreedores para la refinanciacón y reestructuración de las empresas españolas.

Desde Concursales Online, les recomendamos siempre que utilicen las herramientas jurídicas disponibles a su alcance, pida consejo a profesionales expertos en la materia y recuerde, solicitar el concurso voluntario a tiempo, puede ayudarle a salvar su negocio!

 

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