Las PYMES siempre son las empresas con mayores dificultades para superar las situaciones de insolvencia y concursos de acreedores. En la mayoría de ocasiones se debe a que las principales deudas son contraídas con las Seguridad Social y Hacienda. El principal problema es que estas deudas ni se condonan ni se rebajan, por tanto nunca desaparecen.
Rescatamos un texto de la noticia «Los economistas proponen al FMI adaptar los concursos a las pymes» publicada en el diario Cinco Días el pasado 23 de marzo: “las pymes se ven especialmente perjudicadas porque mientras que para una gran compañía es más fácil sobrellevar en su proceso de reflotamiento las deudas contraídas con Hacienda o la Seguridad Social, para una pyme, si no le van a condonar ni una pequeña parte de esos créditos públicos, puede que eso termine abocándola a la liquidación”
Teniendo en cuenta la Ley de segunda oportunidad, para hacer frente a las deudas no exonerables es necesario establecer un plan de pagos. En este caso si se permite cancelas los intereses y posibles sanciones o multas que puedan surgir al no satisfacer estas deudas.
En esta imagen rescatada de la noticia anterior, se puede ver como los concursos disminuyen año a año y que la mayoría de las sociedades concursadas son sociedades de responsabilidad limitada. El hecho de que el 85% de los concursos cuyo procedimiento sea abreviado declarados en 2016, es porque el número de acreedores es inferior a 50, la estimación del pasivo no supera los 5 millones de euros y tampoco la valoración de sus bienes y derechos. Estas cifras se asemejan con las características económicas de las PYMES españolas. Por últimos, los sectores más castigados, son los del comercio y construcción.
En la siguiente noticia publicada en el diario EXPANSIÓN el pasado día 10 de abril se establecen los pasos a seguir para la solicitud, negociación y diseño del plan de viabilidad necesario para asumir y encauzar las situación actual de la empresa «Cómo conseguir que su pyme supere el concurso de acreedores«
Las características de la Ley de Segunda oportunidad las pueden encontrar en la siguiente entrada, publicada en este blog anteriormente.